.
                
                  
                    
                      
                        
                          
                            | Asunto:
                              Modificación
                              - Procedimiento INTA-PE.01.17 - Sistema Anticipado
                              de Despacho Aduanero de Importación Definitiva en
                              la Intenencia de la Aduana Marítima del Callao | 
                           
                          
                            | Nº Resolución:    085 / 2008 | 
                            F. Vigencia:       17.02.2008 | 
                           
                          
                            | F. Publicación: 16.02.2008 | 
                            F. Derogación: 20.08.2009  | 
                           
                         
                       | 
                     
                   
                 
                        
                
                  
                    
                        
                        NUMERAL 
                         
                
                  
                    
                      | 
                         Artículo
                        1°.- Modifíquese el quinto párrafo del numeral
                        16, literal A, rubro VII del procedimiento del Sistema
                        Anticipado de Despacho Aduanero de Importación
                        Definitiva en la Intendencia de Aduana Marítima del
                        Callao, INTA-PE.01.17 (Versión 1), aprobado por
                        Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de
                        Aduanas N° 620-2005/SUNAT/A, por el texto siguiente:
                        
                        
                        | 
                     
                   
                 
                       | 
                     
                    
                      
                        
                          
                            
                                
                        TEXTO ANTERIOR 
                
                  
                    
                      | 
                        Para el traslado de vehículos, maquinarias de gran peso
                        y volumen y  mercancía a granel, el oficial de
                        aduanas verifica el peso registrado en la balanza,
                        anotando igualmente tales datos en la casilla 11 del
                        ejemplar de la DUA. Asimismo, registra el número de
                        serie y/o número de motor cuando corresponda. Los
                        líquidos descargados por tuberías, seguirán el
                        procedimiento operativo establecido en el INTA-PG.01. | 
                     
                   
                 
                               | 
                                
                        TEXTO ACTUAL 
                
                  
                    
                      | 
                        Para el traslado de vehículos usados, maquinarias de
                        gran peso y volumen y  mercancía a granel, el
                        personal autorizado de la SUNAT verifica el peso
                        registrado en la balanza y anota tales datos en la
                        casilla 11 del ejemplar A de la DUA;  en el caso de
                        vehículos usados, adicionalmente, registra el número
                        de chasis y/o número de motor. En el caso de líquidos
                        descargados por tuberías se seguirá el procedimiento
                        establecido en el INTA-PG.01.
                       | 
                     
                   
                 
                               | 
                             
                           
                         
                       | 
                     
                   
                 
                                      
                
                  
                    
                       
                
                  
                    
                      
                        
                          
                            Archivo Adjunto (Sólo para
                              cambio de versión) : 
                                | 
                           
                         
                       | 
                     
                   
                 
                       | 
                       
                
                       | 
                     
                   
                 
                
                  
                    
                      
                         
                        
                          
                            
                              | Observaciones : | 
                              Procedimiento
                                queda sin efecto por Resolución de
                                Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº
                                416-2009/SUNAT/A, publicada en el Diario Oficial
                                El Peruano 20.08.2009. | 
                             
                           
                         
                        
                          
                            
                              | Responsable/Procedimiento: | 
                                Gisella Vega Polleri | 
                             
                           
                         
                        
                          
                            
                              | Responsable/Control Electrónico: | 
                                | 
                              Fecha y Hora:18.02.2008.13.17 pm  | 
                             
                           
                         
                       | 
                     
                   
                 
                   
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