AUTORIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
<-- Retroceder

CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

    .
Asunto: Modifican RSNAA Nº 236-2008/SUNAT/A que aprobó el Procedimiento "Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.4 (versión 2)
Nº Resolución: 0522-2008 F. Vigencia: 04.11.2008
F. Publicación: 04.11.2008 F. Derogación: 
                            
   NUMERAL
Prorrogar el plazo establecido en la Disposición Final Transitorioa Única de la RSNAA Nº 236-2008/SUNAT/A
   TEXTO ANTERIOR

DISPOSICIÓN FINAL TRANSITORIA

Única.- Los terminales de almacenamiento y depósitos aduaneros autorizados que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución no cuenten con el Certificado de Calibración vigente a que se refiere el inciso k), numeral 1, literal A2, sección VII del Procedimiento “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24 (Versión 2), deberán adecuarse a lo dispuesto en el citado numeral, en el plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución.

   TEXTO ACTUAL

RSNAA Nº 522-2008/SUNAT/A

ARTÍCULO 1º.-
Prorrogar el plazo establecido en la Disposición Final Transitoria Única de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 236-2008/SUNAT/A, de acuerdo al “Cronograma de presentación de certificados de calibración de balanzas” que se detalla en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Los certificados de calibración deben ser presentados a la autoridad aduanera dentro de los plazos fijados en el “Cronograma de presentación de certificados de calibración de balanzas” que se detalla en el Anexo I.

    
 
    
Versiones Anteriores :
Versión Actual:
Resolución: RSNAA-0522-2008 
Procedimiento: 
 
Observaciones :
Responsable/Procedimiento: José Jimenez Huiza 
Responsable/Control Electrónico: Cecilia Beraún Villanueva Fecha y Hora:10.11.2008.02.52.00pm