AUTORIZACIÓN Y ACREDITACIÓN DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR
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CONTROL DE CAMBIOS - PROCEDIMIENTO GENERAL

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Asunto: Modifican procedimiento INTA-PG.24 V.2
Nº Resolución: 410-2013 F. Vigencia: 31.12.2013
F. Publicación: 21.12.2013 F. Derogación: 
                                                           
   NUMERAL

Artículo 3º.-  Modifíquese el primer párrafo del numeral 3) del inciso d) del rubro F de la sección VII del Procedimiento General “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A y modificatorias, con el texto siguiente:

 

   TEXTO ANTERIOR

d) Informar sobre las mercancías en situación de abandono legal dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes. Esta información debe ser remitida en formato Microsoft Excel y, de ser necesaria, empaquetada en WINZIP, conforme al Anexo 16.

   TEXTO ACTUAL

“d) Informar sobre las mercancías en situación de abandono legal dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes, con excepción de los envíos postales cuyo plazo se rige por lo dispuesto en el Procedimiento General “Envíos Transportados por el Servicio Postal” - INTA-PG.13 (versión 2). Esta información debe ser remitida en formato Microsoft Excel y de ser necesaria, empaquetada en WINZIP, conforme al Anexo 16”.

                              
   NUMERAL

 

   TEXTO ANTERIOR

NO HAY

   TEXTO ACTUAL

 

                                
   NUMERAL

 

   TEXTO ANTERIOR

 

   TEXTO ACTUAL
 
Versiones Anteriores :
Versión Actual:
Resolución: RSNAA-410-2013/SUNAT/30000
Procedimiento: 
 
 
Observaciones :

SE RESUELVE:

 

Artículo 1º.-  Apruébase el Procedimiento General “Envíos Postales transportados por el Servicio Postal” INTA-PG.13 (versión 2), cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución.

 

Artículo 2º.-  Déjase sin efecto el Procedimiento General “Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales” INTA-PG.13 aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N° 002126 y sus modificatorias, y el Procedimiento Específico “Despacho Postal Premium por la Intendencia de Aduana Postal del Callao” INTA-PE.13.02 (versión 1) aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 162-2012-SUNAT/A.

 

Artículo 3º.-  Modifíquese el primer párrafo del numeral 3) del inciso d) del rubro F de la sección VII del Procedimiento General “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A y modificatorias, con el texto siguiente:

 

“d) Informar sobre las mercancías en situación de abandono legal dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes, con excepción de los envíos postales cuyo plazo se rige por lo dispuesto en el Procedimiento General “Envíos Transportados por el Servicio Postal” - INTA-PG.13 (versión 2). Esta información debe ser remitida en formato Microsoft Excel y de ser necesaria, empaquetada en WINZIP, conforme al Anexo 16”.

 

Artículo 4º.-  La presente resolución entrará en vigencia el 31.12.2013.

Responsable/Procedimiento: Patricia Cruzado 
Responsable/Control Electrónico: Jaime Guzmán Fecha y Hora:03.01.2014 09:00:00 a.m.