|   
             I. OBJETIVO 
            Establecer 
            las pautas para la verificación y calificación de los errores 
            materiales o sustanciales de la factura. 
            II. 
            ALCANCE 
            Dirigido al personal de la 
            Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, 
            encargado de verificar y calificar los errores materiales y 
            sustanciales en la factura comercial y a los operadores de comercio 
            exterior. 
            III. 
            RESPONSABILIDAD 
             La 
            aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el 
            presente procedimiento es de responsabilidad del área en la que es 
            presentada la solicitud, por los dueños, 
            consignatarios o consignantes, o Despachadores de Aduana. 
             IV. 
            VIGENCIA 
              A partir del  09/12/2003. 
             V. 
            BASE LEGAL 
            -        
            Ley 
            General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 809 publicado el 
            19.04.96, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 121-96-EF 
            publicado el 24.12.96 y sus modificatorias. 
            -     
            Ley 
            de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 publicada el 
            11.04.2002. 
            -     
            Decreto 
            Supremo Nº 061-2002-PCM publicado el 12.07.2002, que dispuso la 
            fusión por absorción de la  Superintendencia Nacional de 
            Administración Tributaria con la Superintendencia Nacional de 
            Aduanas. 
            -     
            Reglamento 
            de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de 
            Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 
            115-2002-PCM publicado el 28.10.2002. 
            -    
            Reglamento 
            de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia 
            Nº 007-99/SUNAT publicada el 24.01.99 y sus 
            modificatorias. 
             VI. 
            NORMAS GENERALES  
            1.  
            Cuando los dueños, consignatarios o consignantes, o 
            Despachadores de Aduana adviertan algún error en las facturas, 
            pueden indicarlo antes de numerar la declaración, mediante solicitud 
            dirigida al Intendente de Aduana o al funcionario  
            a quien se delegue la determinación del 
            error material o sustancial.  
            El trámite administrativo 
            indicado no interrumpe los plazos señalados para solicitar las 
            mercancías a destinación aduanera.  
            2.  
            Se consideran como errores materiales los que provengan del 
            cálculo aritmético entre los precios unitarios y los respectivos 
            sub-totales de la factura comercial y; en general, los que puedan 
            apreciarse por su contenido sin que éste incida en la especie, 
            precio y cuantía de la mercancía y su clasificación arancelaria.  
            Se considera error sustancial, el 
            que origina un cambio de subpartida arancelaria y para cuyos efectos 
            se requiere del reconocimiento físico de las mercancías. 
             
            3.  
            Cuando se invoque el error material por las personas 
            señaladas en el numeral 1 precedente, se puede aceptar la aclaración 
            de la factura  sin que 
            sea necesario el reconocimiento físico de las mercancías.  
            4.  
            En caso se solicite la calificación de error sustancial por 
            las personas señaladas en el numeral 1 precedente, se efectúa 
            el reconocimiento físico de la mercancía, señalándose día y hora 
            para la diligencia.  El 
            reconocimiento físico se realiza en presencia del responsable del 
            almacén, con la concurrencia del dueño, consignatario o consignante, 
            o Despachador de Aduana y el Especialista en Aduanas designado por 
            el Intendente de Aduana o funcionario a quien se le delegue 
            tal designación; formulándose un acta de reconocimiento previo, la 
            que debe ser firmada por las personas indicadas; este documento debe 
            adjuntarse a la declaración que solicite la destinación de 
            las mercancías amparadas en la respectiva factura 
            comercial. 
            5.    
            Para el régimen de Exportación se aplica el Reglamento de 
            Comprobantes  de Pago, 
            aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT y sus 
            modificatorias. 
            VII. 
            DESCRIPCION 
            1. El dueño, consignatario o 
            consignante, o Despachador de Aduana presenta antes de la 
            destinación a un régimen, operación o destino aduanero especial o de 
            excepción, la solicitud de aclaración de factura, la misma que debe 
            contener los datos requeridos en el formato de Aclaración de Factura 
            según Anexo; adjuntando la siguiente documentación sustentatoria: 
            factura, documento de transporte, informe de 
            verificación y otros de ser el caso. 
            2. El expediente se presenta ante la 
            Oficina de Trámite Documentario para su remisión a la Jefatura del 
            Area correspondiente, a efecto que ésta designe al Especialista en 
            Aduanas para el análisis y trámite correspondiente. 
            3. El 
            Especialista en Aduanas determina si el error se encuentra 
            tipificado en los supuestos previstos en el artículo 74º del 
            Reglamento de la Ley General de Aduanas. De estimarse conveniente, 
            se procede a notificar al usuario a fin de que adjunte 
            algún documento adicional que resulte necesario para 
            la evaluación. 
            4. 
            Del análisis efectuado se establece que: 
             a)  De 
            ser error material: se autoriza la aclaración de la factura 
            comercial correspondiente en el formato del Anexo, con VºBº del 
            Especialista en Aduanas y firma del Jefe del Area, debiendo 
            notificarse al interesado.  
            b) De 
            ser error sustancial: se notifica al interesado el día y hora del 
            reconocimiento físico de la mercancía, el cual debe ser realizado 
            por el Especialista en Aduanas en presencia del responsable del 
            almacén y del interesado, emitiéndose un acta de la diligencia –en 
            original y dos copias-  
            firmada por las referidas personas.  
            El 
            reconocimiento físico puede ser: 
            -   Sin 
            incidencia: se autoriza la aclaración de factura en el formato del 
            Anexo con VºBº del Especialista en Aduanas y firma del Jefe del 
            Area, debiendo notificarse al interesado. 
            - 
            Con incidencia: se 
            emite el informe técnico correspondiente, el mismo que debe ser de 
            conocimiento del Jefe del Area para las acciones correspondientes; 
            asimismo, se deniega la aclaración de factura en el formato del 
            Anexo, con VºBº del Especialista en Aduanas y firma del Jefe del 
            Area, debiendo notificarse al interesado. 
             5. 
            Si el expediente de aclaración de factura comercial se presenta con 
            posterioridad al sometimiento de la mercancía a un régimen, 
            operación o destino aduanero especial o de excepción, se procede a 
            la denegatoria de lo solicitado.  Tal denegatoria debe constar 
            en el formato del Anexo, con VºBº del Especialista en Aduanas y 
            firma del Jefe del Area, indicándose los motivos de la 
            denegatoria, debiendo 
            notificarse al interesado. En tal caso, si la declaración que ampara 
            esa mercancía ha sido seleccionada a canal rojo, el Especialista en 
            Aduanas en el reconocimiento físico efectúa las acciones de su 
            competencia, respecto al error detectado en la factura 
            comercial.  
                 La autorización 
            emitida no tiene validez, si posteriormente se comprueba 
            que la solicitud de corrección se presentó luego de haber sido 
            destinada la mercancía.  
            VIII. 
            FLUJOGRAMA 
              No aplica  
            IX.    
            INFRACCIONES,  
            SANCIONES Y DELITOS 
             No 
            aplica 
            X.     
            REGISTROS 
            Formato 
            de Aclaración de Factura.  
            XI.     
            DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 
             No aplica 
            ANEXO 
             Formato 
            de Aclaración de Factura. 
            ANEXO 
             FORMATO DE ACLARACION DE FACTURA 
            COMERCIAL 
            
            Señor 
            Intendente 
            Presente.- 
            
            (Dueño, 
            Consignatario o Consignante, Despachador Oficial o Agente de Aduana, 
            en este último caso, siempre que cumpla con lo previsto en el 
            artículo 99º de la Ley General de Aduanas)……………………………………, con RUC Nº 
            ……………….., domicilio legal en …………………….., en representación de 
            …………………de ser el caso), me presento ante usted y expongo: 
                         
            Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 73º del 
            Reglamento de la Ley General de Aduanas, solicito aclaración de la 
            Factura Nº …………… de la mercancía amparada en el Documento de 
            Transporte Nº …… , Manifiesto de Carga Nº ……… y Terminal de 
            Almacenamiento…………………………………… en los siguientes términos 
                                     
            Dice                             
                                    
            Debe decir  
              
             
                   
            (en forma clara y precisa) 
                        
              (en forma clara 
            y precisa)  
              
            Adjuntando la 
            siguiente documentación sustentatoria:  
              
             
            Factura Comercial         
              Nº ………………        
            copia simple (  ) 
            copia autenticada (  
            )  
            Documento de 
            Transporte      Nº 
            ……………… copia simple (  ) 
            copia autenticada (  
            )  
            Informe de 
            Verificación           
            Nº ………………copia simple (  
            ) copia autenticada (  
            )  
            Otros documentos 
            (precisar)  Nº  ………………copia simple.                             
             
             Indicar 
            el régimen aduanero al que pretende someter la mercancía :  ………………………. 
             
              
            -------------------------------------                                    
            ------------------------------------------- 
            Firma (dueño o 
            consignatario)   
                                    
                        
            Firma (Despachador de Aduanas) 
              
            
             AUTORIZACIÓN / DENEGATORIA 
              
            De conformidad a la 
            delegación de facultades otorgadas mediante Resolución de 
            Intendencia Nº …….., se resuelve: 
             La 
            autorización de aclaración de Factura Comercial Nº ….………. por 
            constituir:  
             (  ) Error material, según 
            primer párrafo del artículo 74º del D.S.Nº 121-96-EF.    
             
             (  ) Error sustancial, según el 
            segundo párrafo del artículo 74º del D.S. Nº 121-96-EF,  por lo que se levantó el 
            Acta Nº …….  de fecha 
            ………….. sin incidencia (….)  
            con incidencia (….) según Informe Nº 
            …….................……cuya copia se adjunta.  
             ( ) La 
            denegatoria de la autorización de aclaración de la factura comercial 
            Nº................. por 
            ............................................................................................ 
              
                        
            ………………………….……                 
                        
            ………………………………. 
                        
              Especialista en 
            Aduanas           
                                    
                     
            Jefe del 
  Area   |