Nº 204-2012/SUNAT/A
APRUEBAN EL
PROCEDIMIENTO GENERAL “ZOFRATACNA”,
INTA-PG.23, (VERSIÓN
2)
Callao, 27 de Abril del 2012.
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N°
27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de
Tacna, se declara de interés nacional el
desarrollo de la Zona Franca de Tacna –
ZOFRATACNA y de la Zona Comercial de Tacna con
la finalidad de contribuir al desarrollo
socioeconómico sostenible del departamento de
Tacna; norma que fue modificada por la Ley N°
28599, publicada el 16.8.2005 y por la Ley N°
29739, publicada el 6.7.2011;
Que mediante Decreto
Supremo N° 006-2012-MINCETUR se modifica el
Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N°
27688 – Ley de Zona Franca y Zona Comercial de
Tacna, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2006-MINCETUR;
Que el artículo 25°
de la Ley N° 27688 establece la facultad de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria - SUNAT para aprobar
los procedimientos de ingreso y de salida de los
bienes destinados a la Zona Franca de Tacna y a
la Zona Comercial de Tacna, así como señalar las
modalidades operativas aduaneras necesarias para
el mejor cumplimiento de la Ley y su Reglamento;
Que la Primera
Disposición Complementaria Final del Reglamento
de la Ley General de Aduanas, aprobado por
Decreto Supremo N° 010-2009-EF, establece que la
SUNAT aprobará los procedimientos, instructivos,
circulares y otros documentos necesarios para la
aplicación de lo dispuesto en la Ley General de
Aduanas y su Reglamento;
Que por Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas
N° 000114-2004-SUNAT/A, publicada el 17.3.2004,
se aprobó el Procedimiento General “ZOFRATACNA”
INTA.PG.23 (versión 1), el mismo que es
necesario adecuarlo acorde con las normas
modificatorias vigentes antes señaladas;
Que conforme al
artículo 14° del Reglamento que establece
Disposiciones relativas a la Publicidad,
Publicación de Proyectos Normativos y Difusión
de Normas Generales de Carácter General,
aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS,
con fecha 17.4.2012 se publicó en el Portal Web
de la SUNAT (www.sunat.gob.pe)
el proyecto de la presente norma;
En mérito a lo
dispuesto en el inciso g) del artículo 23° del
Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM,
y de conformidad con las facultades conferidas
en la Resolución de Superintendencia N°
122-2003/SUNAT y a la Resolución de
Superintendencia N° 028-2012/SUNAT y conforme al
Memorándum N° 94-2012-SUNAT/100000.
SE
RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébase el
Procedimiento General “ZOFRATACNA”,
INTA-PG.23, (versión 2),
conforme al siguiente texto:
Artículo 2º.-
Autorícese a las siguientes Intendencias de
Aduana para el ingreso de mercancías con destino
a la ZOFRATACNA mediante la presentación de la
“Solicitud de Traslado de Mercancías a
ZOFRATACNA” (Anexo 1):
a) A partir de la
vigencia del Procedimiento General “ZOFRATACNA”,
INTA-PG.23 (versión 2):
- Intendencia de
Aduana de Mollendo: Puerto de Matarani.
- Intendencia de
Aduana de Ilo: Puerto de Ilo.
- Intendencia de
Aduana de Tacna: Complejo Fronterizo de Santa
Rosa, Aeropuerto Internacional Crnl. FAP
Carlos Ciriani Santa Rosa y el Muelle Peruano
en Arica.
b) A partir del
14.5.2012:
- Intendencia de
Aduana Marítima del Callao: Puerto del Callao.
- Intendencia de
Aduana Aérea del Callao: Aeropuerto
Internacional Jorge Chávez.
Artículo
3º.- La presente Resolución entrará en vigencia
a partir de la fecha de su publicación.
Artículo 4º.-
Deróguese la Resolución de Superintendencia
Nacional Adjunta de Aduanas N° 000114-2004-SUNAT/A,
publicada el 17.3.2004, que aprobó el
Procedimiento General “ZOFRATACNA” INTA.PG.23
(versión 1).
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
MARIA YSABEL
FRASSINETTI YBARGUEN
Superintendente
Nacional Adjunto de Aduanas (e)
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