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GJA-01: LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL

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Asunto: Decreto Legislativo que modifica la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 y la Ley del Silencio Administrativo  - Ley Nº 29060
Norma:  Decreto Legislativo Nº 1029 F. Vigencia:  25.06.2008
F. Publicación: 24.06.2008 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 1º.-  Modificación de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444

Modifíquense los numerales 18.2 del artículo 18º; numeral 20.1.2 del artículo 20º; numerales 21.2 y 21.3 del artículo 21º, último párrafo del artículo 25º, numeral 79.1 del artículo 79º; artículo 122º, numeral 130.1 del artículo 130º, numeral 188.1 del artículo 188º, numerales 202.2 y 202.5 del artículo 202º, numeral 229.2 del artículo 229º, numerales 3, 7 y 10 del artículo 230º, numerales 233.1 y 233.2 del artículo 233º y numerales 238.1, 238.2, 238.3, 238.4 y 238.5 del artículo 238º; asimismo inclúyase el numeral 20.4 del artículo 20º, el numeral 21.5 del artículo 21º, numerales 76.3 y 76.4 del artículo 76º, el numeral 125.5 en el artículo 125º, el numeral 188.6 en el artículo 188º, el numeral 194.6 en el artículo 194º, numeral 229.3 del artículo 229º, e incorpórese el artículo 236º-A en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; en los términos siguientes:

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 229º .- Ámbito de aplicación de este capítulo 

 

(...)

 

229.2 En las entidades cuya potestad sancionadora está regulada por leyes especiales, este Capítulo se aplicará con carácter supletorio. La potestad sancionadora disciplinaria sobre el personal de las entidades se rige por la normativa sobre la materia.

   TEXTO ACTUAL

Artículo 229º .- Ámbito de aplicación de este capítulo

 

(...)

 

229.2 Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo se aplican con carácter supletorio a los procedimientos establecidos en leyes especiales, las que deberán observar necesariamente los principios de la potestad sancionadora administrativa a que se refiere el artículo 230º, así como la estructura y garantías previstas para el procedimiento administrativo sancionador.

 

Los procedimientos especiales no podrán imponer condiciones menos favorables a los administrados, que las previstas en este Capítulo.

 

229.3     La potestad sancionadora disciplinaria sobre el personal de las entidades se rige por la normativa sobre la materia.”

 
                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D. Leg. Nº 1029
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora: 24.06.2008  12:12:49 p.m.