CONTROL DE CAMBIOS GJA-01: LEY
DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL
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Asunto:
Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General y
deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio
Administrativo
Norma: Decreto Legislativo Nº
1272
F. Vigencia:
22.12.2016
F. Publicación:
21.12.2016
F. Derogación:
ARTICULO
Artículo 4.
Incorpórense los
artículos 29-A, 33, 33-A, 33-B, 34, 36-A, 36-B, 39-A,
41-A, 49-A, 49-B, 233-A y 237-A de la Ley Nº 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, en los
términos siguientes:
TEXTO ANTERIOR
TEXTO ACTUAL
Artículo 36-B.-
Vigencia indeterminada de los títulos habilitantes
Los títulos
habilitantes emitidos tienen vigencia indeterminada, salvo
que la ley especial señale un plazo determinado de
vigencia. Cuando la autoridad compruebe el cambio de las
condiciones indispensables para su obtención, previa
fiscalización, podrá dejar sin efecto el título
habilitante.