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GJA-03: LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  Decreto Legislativo que modifica la Ley General de Aduanas

Norma:  Decreto Legislativo Nº 1530

F. Vigencia: 4.3.2022

F. Publicación: 3.3.2022

F. Derogación: 

        

   ARTICULO

Artículo 3. Incorporación del literal o) al artículo 98 de la Ley General de Aduanas
Incorpórase el literal o) al artículo 98 de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053, conforme al texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

   TEXTO ACTUAL

 “Artículo 98. Regímenes aduaneros especiales o de excepción
(…)
o) El ingreso de mercancías destinadas al uso comercial para consumo en los distritos de frontera que no cuenten con conexión por vía terrestre con la capital de su respectivo departamento ni que contengan a la capital departamental, realizado por parte de sus pobladores residentes, no se encuentra sujeto al pago de derechos arancelarios y demás tributos a la importación de acuerdo al listado de circunscripciones, el monto, la frecuencia y otras condiciones o disposiciones que se señalen en el Reglamento del régimen aduanero especial.

 

 

                      

Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  

Decreto Legislativo Nº 1530

 

Observaciones :

 

Responsable/Control Electrónico:

Roberto Ruiz

Fecha y Hora: 3.3.2022   12:12:49 p.m.