Artículo 147º.-
Inafectaciones
Están inafectas del pago de los
derechos arancelarios, de acuerdo con los requisitos y condiciones
establecidos en el Reglamento y demás disposiciones legales que las
regulan:
(...)
d)
Los vehículos especiales o las tecnologías de apoyo,
dispositivos y ayuda compensatoria para el uso
exclusivo de personas con discapacidad;
(...)
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