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GJA-03: LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  Ley Nº 31974, Ley que autoriza excepcionalmente a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para disponer de bienes y mercancías

 

Norma:  Ley Nº 31974

F. Vigencia: 12.1.2024

F. Publicación: 11.1.2024

F. Derogación: 

        

   ARTICULO

Artículo 1. Autorización excepcional a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para disponer de bienes y mercancías
(...)
1.6
(...)
Para la disposición de la mercancía en abandono legal en aplicación de la presente ley, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) queda exceptuada de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 184 y el cuarto párrafo del artículo 186 del Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas.

 

 

   TEXTO ANTERIOR

   TEXTO ACTUAL

 

  Artículo 1. Autorización excepcional a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para disponer de bienes y mercancías
(...)
1.6
(...)
Para la disposición de la mercancía en abandono legal en aplicación de la presente ley, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) queda exceptuada de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 184 y el cuarto párrafo del artículo 186 del Decreto Legislativo 1053, Ley General de Aduanas.

 

                      

Archivo Adjunto

 

 

Archivo Norma:  Ley N° 31974

 

Observaciones :

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Responsable/Control Electrónico:

Roberto Ruiz

Fecha y Hora: 19.1.2024   12:12:49 p.m.