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GJA-05: LEY DE LOS DELITOS ADUANEROS

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Asunto:  Decreto Legislativo que modifica la  Ley General de Aduanas y la Ley de los Delitos Aduaneros
Norma:  Decreto Legislativo Nº 1122 F. Vigencia: 19.07.2012
F. Publicación: 18.07.2012 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

  Artículo 7º.- Modifíquese el artículo 21º de la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 y normas modificatorias, el mismo que quedará redactado conforme al siguiente texto:

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 21°.- Prueba pericial

Para efectos de la investigación y del proceso penal, los informes técnicos o contables emitidos por los funcionarios de la Administración Aduanera, tendrán valor probatorio.

   TEXTO ACTUAL

Artículo 21°.- Pericia Institucional

Para efectos de la investigación y del proceso penal, los informes técnicos o contables emitidos por los funcionarios de la Administración Aduanera, tendrán valor probatorio como pericias institucionales.

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  Decreto Legislativo Nº 1122
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora: 19.07.2012   12:12:49 p.m.