NORMAS LEGALES
<-- Retroceder

CONTROL DE CAMBIOS
 
GJA-00.02: REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

    .
Asunto: DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 072-2003-PCM
Norma: Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM F. Vigencia: 15.06.2013
F. Publicación: 14.06.2013 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

  Artículo 1.- Modifíquese los artículos 2º, 3º, 5º, 6º, 10º y 11º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, cuyos textos quedarán redactados de la siguiente manera:.

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 10º.- Presentación y formalidades de la solicitud

La solicitud de acceso a la información pública puede ser presentada a través del Portal de Transparencia de la Entidad o de forma personal ante su unidad de recepción documentaria.

Será presentada mediante el formato contenido en el Anexo del presente Reglamento, sin perjuicio de la utilización de otro medio escrito que contenga la siguiente información:

 

a. Nombres, apellidos completos, documento de identidad, domicilio. Tratándose de menores de edad no será necesaria la presentación del documento de identidad;

 

b. De ser el caso, número de teléfono y/o correo electrónico;

 

c. En caso la solicitud se presente en la unidad de recepción documentaria de la Entidad, firma del solicitante o huella digital, de no saber firmar o estar impedido de hacerlo;

 

d. Expresión concreta y precisa del pedido de información; y,

 

e. En caso el solicitante conozca la dependencia que posea la información, deberá indicarlo en la solicitud.

 

Si el solicitante no hubiese incluido el nombre del funcionario o lo hubiera hecho de forma incorrecta, las unidades de recepción documentaria de las Entidades deberán canalizar la solicitud al funcionario responsable.

   TEXTO ACTUAL

Artículo 10º.- Presentación y formalidades de la solicitud

La solicitud de acceso a la información pública puede ser presentada por cualquier persona natural o jurídica ante la unidad de recepción documentaria de la entidad, a través del Portal de Transparencia, a través de una dirección electrónica establecida para tal fin o a través de cualquier otro medio idóneo que para tales efectos establezcan las Entidades.

El uso del formato contenido en el Anexo del presente Reglamento es opcional para el solicitante, quien podrá utilizar cualquier otro medio idóneo para transmitir su solicitud que contenga la siguiente información:

 

a. Nombres, apellidos completos, número del documento de identificación que corresponda y domicilio. Tratándose de menores de edad no será necesario consignar el número del documento de identidad;

 

b. De ser el caso, número de teléfono y/o correo electrónico;

 

c. En caso la solicitud se presente en la unidad de recepción documentaria de la Entidad, la solicitud debe contener firma del solicitante o huella digital, de no saber firmar o estar impedido de hacerlo;

 

d. Expresión concreta y precisa del pedido de información, así como cualquier otro dato que propicie la localización o facilite la búsqueda de la información solicitada;

 

e. En caso el solicitante conozca la dependencia que posea la información, deberá indicarlo en la solicitud; y,

 

f. Opcionalmente, la forma o modalidad en la que prefiere el solicitante que la Entidad le entregue la información de conformidad con lo dispuesto en la Ley.

 

Si el solicitante no hubiese incluido el nombre del funcionario responsable o lo hubiera hecho de forma incorrecta, las unidades de recepción documentaria de las entidades deberán canalizar la solicitud al funcionario responsable.

 

Las formalidades establecidas en este artículo tienen como finalidad garantizar la satisfacción del derecho de acceso a la información pública, por lo que deben interpretarse en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones del solicitante.

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 070-2013-PCM
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora: 14.06.2013  12:12:49 p.m.