Artículo
6º.- Funcionario o servidor poseedor de la información
Para
efectos de la Ley, el funcionario o servidor que haya creado,
obtenido, tenga posesión o control de la información solicitada, es
responsable de:
a. Brindar
la información que le sea requerida por el funcionario o servidor
responsable de entregar la información y por los funcionarios o
servidores encargados de establecer los mecanismos de divulgación a
los que se refieren los artículos 5º y 24º de la Ley, a fin de que
éstos puedan cumplir con sus funciones de transparencia en los
plazos previstos en la Ley. En caso existan dificultades que
le impidan cumplir con el requerimiento de información, deberá
informar de esta situación por escrito al funcionario requirente, a
través de cualquier medio idóneo para este fin.
b. Elaborar
los informes correspondientes cuando la información solicitada se
encuentre dentro de las excepciones que establece la Ley,
especificando la causal legal invocada y las razones que en cada
caso motiven su decisión. En los supuestos en que la
información sea secreta o reservada, deberá incluir en su informe el código correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el
literal c) del artículo 21º del presente Reglamento.
c. Remitir
la información solicitada y sus antecedentes al Secretario General, o
quien haga sus veces, cuando el responsable de brindar la información
no haya sido designado, o se encuentre ausente;
d. La
autenticidad de la información que entrega. Esta responsabilidad se
limita a la verificación de que el documento que entrega es copia
fiel del que obra en sus archivos.
e. Mantener
permanentemente actualizado un archivo sistematizado de la
información de acceso público que obre en su poder, conforme a los
plazos establecidos en la normatividad interna de cada Entidad sobre
la materia; y,
f.
Conservar la información de acceso restringido que obre en su poder.
Para los
efectos de los supuestos previstos en los incisos a), b) y c), deberá
tener en consideración los plazos establecidos en la Ley, a fin de
permitir a los responsables de entregar la información el oportuno cumplimiento de las
obligaciones a su cargo.
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