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GJA-00.04: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 010-2009-EF
Norma:  D S Nº 198-2024-EF F. Vigencia: 25.10.2024
F. Publicación:   24.10.2024 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 2. Modificación de artículos del Reglamento de la Ley General de Aduanas

Modificar el artículo 12, el inciso g) del artículo 62A, los artículos 116, 118, 120, 122, 123, 150, 151, 189 y 195 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2009-EF, conforme al texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 12. Obligaciones específicas del almacén aduanero

Los almacenes aduaneros pueden almacenar en cualquiera de los lugares o recintos autorizados mercancías extranjeras, nacionalizadas y nacionales, con excepción de los envíos de entrega rápida amparados en contratos de servicio de almacenamiento que deben almacenarse en una zona especial destinada para dicho fin.

Se considera depósitos flotantes a los almacenes aduaneros que están ubicados en buques tanques o artefactos navales como barcazas, tanques flotantes u otros.

La Administración Aduanera regula la aplicación y el control de lo dispuesto en el presente artículo.
   TEXTO ACTUAL

Artículo 12. Obligaciones específicas del almacén aduanero

Los almacenes aduaneros pueden almacenar en cualquiera de los lugares o recintos autorizados mercancías extranjeras, nacionalizadas y nacionales, con excepción de los envíos de entrega rápida amparados en contratos de servicio de almacenamiento que deben almacenarse en una zona especial destinada para dicho fin.

Se considera depósitos flotantes a los almacenes aduaneros que están ubicados en buques tanques o artefactos navales como barcazas, tanques flotantes u otros.

Los almacenes aduaneros permiten a la Administración Aduanera la instalación de sistemas y dispositivos adicionales a los que se establecen en el Anexo I del presente Reglamento, para mejorar las acciones de control.

La Administración Aduanera regula la aplicación y el control de lo dispuesto en el presente artículo.” 

                      
Archivo Adjunto 

 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 198-2024-EF
 
 
 
Responsable/Control Electrónico: Roberto Ruiz Fecha y Hora:  25.10.2024  09:22:49 a.m.