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GJA-00.04: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 010-2009-EF
Norma:  D S Nº 198-2024-EF F. Vigencia: 25.10.2024
F. Publicación:   24.10.2024 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 2. Modificación de artículos del Reglamento de la Ley General de Aduanas

Modificar el artículo 12, el inciso g) del artículo 62A, los artículos 116, 118, 120, 122, 123, 150, 151, 189 y 195 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2009-EF, conforme al texto siguiente:

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 123.- Plazo de destinación

  El plazo de la destinación se computará a partir del día siguiente del término de la descarga en la aduana de destino.

 

   TEXTO ACTUAL

"Artículo 123. Plazos de destinación y culminación

Los plazos de la destinación bajo la modalidad de despacho diferido y de la culminación del despacho anticipado, se computan a partir del día siguiente de la fecha del término de la descarga en la aduana de destino.”

 

 

                      
Archivo Adjunto 

 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 198-2024-EF
 
 
 
Responsable/Control Electrónico: Roberto Ruiz Fecha y Hora:  25.10.2024  09:22:49 a.m.