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Asunto:
MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY
GENERAL DE ADUANAS APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº
010-2009-EF |
Norma: D S
Nº 245-2013-EF |
F. Vigencia:
11.10.2013 |
F. Publicación:
01.10.2013 |
F. Derogación: |
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ARTICULO
Artículo
2º.- Modificación del artículo 11º, los numerales 1 y 5
del inciso a) y el numeral 4 del inciso b) del artículo
17º, el numeral 4 del inciso a) y los numerales 2 y 4
del inciso b) del artículo 25º, el inciso f) del
artículo 30º, el numeral 1 del inciso a) y el numeral 1
del inciso b) del artículo 32º, el inciso b) del
artículo 36º, el encabezado del artículo 38º , el inciso
j) del artículo 39º, el segundo párrafo del artículo
105º, el segundo y tercer párrafo del artículo 143º, el
tercer y quinto párrafo del artículo 147º, el primer
párrafo del artículo 155º, el artículo 156º, el primer
párrafo del artículo 158º y los artículos 169º, 185º,
199º, 229º y 246º del Reglamento de la Ley General de
Aduanas, aprobado por DecretoSupremo Nº 010-2009-EF.
Modifiquense
el artículo 11º, los numerales 1 y 5 del inciso a) y el
numeral 4 del inciso b) del artículo 17º, el numeral 4
del inciso a) y los numerales 2 y 4 del inciso b) del
artículo 25º, el inciso f) del artíuclo 30º, el numeral
1 del inciso a) y el numeral 1 del inciso b) del
artículo 32º, el inciso b) del artículo 36º, el
encabezado del artículo 38º , el inciso j) del artículo
39º, el segundo párrafo del artículo 105º, el segundo y
tercer párrafo del artículo 143º, el tercer y quinto
párrafo del artículo 147º, el primer párrafo del
artículo 155º, el artículo 156º, el primer párrafo del
artículo 158º y los artículos 169º, 185º, 199º, 229º y
246º del Reglamento de la Ley General de Aduanas en los
términos siguientes:
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TEXTO ANTERIOR
Artículo
17º.- Requisitos para el registro del personal de los operadores de
comercio exterior ante la Administración Aduanera
Los
operadores de comercio exterior registran a su personal ante la
Administración Aduanera, conforme se indica:
a) Los despachadores de aduana, a excepción de los indicados en
los artículos 26º y 30º, solicitan el registro de sus
representantes legales mediante:
1. Anotación en la solicitud del registro del título de Agente
de Aduana expedido por la SUNAT, tratándose
de agentes de aduana, empresas de servicio postal, empresas de
servicio de entrega rápida, y los dueños, consignatarios o
consignantes señalados en el inciso a) del artículo 25º, de acuerdo
a la forma y condiciones que establezca la SUNAT;
(...)
5. Copia del comprobante de pago para el otorgamiento de carné de
identificación por la Administración Aduanera, por cada persona.
(...)
b) Los demás operadores de comercio exterior solicitan el
registro de sus representantes legales mediante:
(...)
4. Copia del comprobante de pago para el otorgamiento de carné de
identificación por la Administración Aduanera, de ser requerido.
(...)
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TEXTO ACTUAL
Artículo
17º.- Requisitos para el registro del personal de los operadores de
comercio exterior ante la Administración Aduanera
Los
operadores de comercio exterior registran a su personal ante la
Administración Aduanera, conforme se indica:
a) Los
despachadores de aduana, a excepción de los contemplados en
los artículos 26º y 30º, solicitan el registro de sus
representantes legales mediante:
1. Anotación en la solicitud del registro del título de Agente
de Aduana expedido por la SUNAT, tratándose de agentes de aduana, empresas de servicio postal, empresas de
servicio de entrega rápida, y los dueños, consignatarios o
consignantes señalados en el artículo 25º, de acuerdo
a la forma y condiciones que establezca la SUNAT;
(...)
5. Copia del comprobante de pago para el otorgamiento del
merdio de identificación, por cada persona.
(...)
b) Los demás operadores de comercio exterior solicitan el
registro de sus representantes legales mediante:
(...)
4. Copia del comprobante de pago para el otorgamiento del
medio de identificación, de ser requerido.
(...)
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Responsable/Control Electrónico: |
Juan Medina Zavala |
Fecha y Hora:
09.10.2013 12:12:49 p.m. |
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