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GJA-00.04: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS

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Asunto:  MODIFICAN EL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE ADUANAS APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 010-2009-EF
Norma:  D S Nº 367-2019-EF F. Vigencia: 30.4.2020
F. Publicación:   9.12.2019 F. Derogación: 
        
   ARTICULO
Artículo 2. Modificación de diversos artículos y el Título II de la Sección Segunda del Reglamento de la Ley General de Aduanas
Modifícanse los artículos 9 y 10, el Título II de la Sección Segunda y los artículos 60, 63, 64, 82, 83, 84, 108, 130, 138, 139, 142, 143, 144, 145, 146, 147, 148, 149, 150, 154, 156, 158, 160, 161, 162, 166, 167, 168, 187, 189, 190, 195, 201, 211, 213, 215, 217, 219, 220, 227, 230, 232, 248 y 249 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, conforme al texto siguiente:
   TEXTO ANTERIOR

Artículo 64º.- Salida de mercancías por otra aduana

La salida de mercancías de exportación podrá realizarse por una intendencia de aduana distinta a aquella en la que se numeró la declaración.

En estos casos la selección del canal de control se mostrará al momento que la mercancía sea presentada en la aduana de salida, con excepción de la mercancía señalada en el artículo anterior.

 

   TEXTO ACTUAL

Artículo 64. Salida de mercancías por otra aduana

 La salida de mercancías puede realizarse por una intendencia de aduana distinta a aquella en la que se numeró la declaración, excepto en los casos establecidos por la Administración Aduanera.

                      
Archivo Adjunto 

 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 367-2019-EF
 
Observaciones :
 
Responsable/Control Electrónico: Roberto Ruiz Fecha y Hora:  30.6.2020  12:22:49 p.m.