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GJA-00.05: TABLA DE SANCIONES APLICABLES A LAS INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS 

    .
Asunto:  Modifican la tabla de sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas
Norma:  Decreto Supremo Nº 198-2024-EF F. Vigencia:  07.11.2024
F. Publicación: 24.10.2024 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

  Artículo 3. Sustitución de los supuestos de infracción en la Tabla de sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas

Sustituir los supuestos de infracción correspondientes a los códigos N60, N61, N63, N65, N67, N68, N70, N72, N73, N74, P09, P10, P44, P45, P64, P65, P68, P70, P72, P74, P76, P77, P78 y P79 de la Tabla de sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N° 418-2019-EF, por los supuestos de infracción correspondientes a los códigos N75, N76, N77, N78, N79, N80, N81, N82, N83, N84, P81, P82, P83, P84, P85, P86, P87, P88, P89, P90, P91, P92, P93 y P94, conforme al siguiente detalle:

   TEXTO ANTERIOR

P77

No proporcionar, exhibir o transmitir la información o documentación completa o sin errores, en la forma y plazo establecidos legalmente o dispuestos por la Administración Aduanera, con excepción de los incisos c), d) y e) del artículo 198 de la LGA o de no resultar aplicables los supuestos de infracción P01, P02, P03, P04, P64, P65, P07, P08, P09, P10, P11, P12, P68, P69, P70, P18, P19, P20, P71, P72, P73, P74 y P75, cuando se subsana antes de cualquier requerimiento o notificación de la Administración Aduanera.

 

Supuesto que sustituye al previsto en en el  código P25 - DS N° 169-2020-EF

Informe N° 048-2020-SUNAT/340000

Informe N° 052-2020-SUNAT/340000

 

 

 

Art. 198
Inciso b)

0.1 UIT

LEVE

- Importador.

- Exportador.

- Beneficiario de régimen aduanero.

- Administrador o concesionario de las instalaciones portuarias, aeroportuarias o terminales terrestres internacionales.

- Operador de base fija.

- Proveedor de precinto.

- Laboratorio.

- Pasajero.

   TEXTO ACTUAL

 

 

 

 

 

 

P92

 

 

No proporcionar, exhibir o transmitir la información o documentación completa o sin errores, en la forma y plazo establecidos legalmente o dispuestos por la Administración Aduanera, con excepción de los incisos c), d) y e) del artículo 198 de la LGA o de no resultar aplicables los supuestos de infracción P01, P02, P03, P04, P85, P86, P07, P08, P81, P82, P11, P12, P87, P69, P88, P18, P19, P20, P71, P89, P73, P90, P75, P95 y P96 cuando se subsana antes de cualquier requerimiento o notificación de la Administración Aduanera.

 

 

 

 

 

Art. 198

Inciso b)

 

 

 

 

 

 

0.1 UIT

 

 

 

 

 

 

LEVE

-  Importador.

-  Exportador.

-  Beneficiario de régimen aduanero.

-  Administrador o concesionario de las instalaciones portuarias, aeroportuarias o terminales terrestres internacionales.

-  Operador de base fija.

-  Proveedor de precinto.

-  Laboratorio.

-  Pasajero.

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 198-2024-EF
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Roberto Ruiz Fecha y Hora: 2.11.2024  10:12:49 p.m.