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GJA-00.08: REGLAMENTO DE DRAWBACK

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Asunto:  Modifican el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios
Norma:  Decreto Supremo Nº 230-2010-EF F. Vigencia: 25.11.2010
F. Publicación: 24.11.2010 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

Artículo 1°.- Sustitución del primer párrafo del Artículo 10º del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios

Sustitúyase el primer párrafo del artículo 10° del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios aprobado por el Decreto Supremo N.º 104-95-EF, modificado por el Decreto Supremo N.º 135-2005-EF, por el siguiente texto:

   TEXTO ANTERIOR

Artículo 10º.- La SUNAT resolverá la solicitud en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de presentación de la misma. Vencido este plazo la SUNAT deberá entregar la respectiva Nota de Crédito.

   TEXTO ACTUAL

Artículo 10º.- La SUNAT resolverá la solicitud en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado desde la fecha de presentación de los documentos sustentatorios, cuando la solicitud haya sido presentada vía transmisión electrónica; o en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contado desde la fecha de presentación de la solicitud, cuando se haya efectuado la presentación documentaria de la solicitud. Vencido el plazo que corresponda la SUNAT deberá entregar la respectiva Nota de Crédito.

(...)

                      
Archivo Adjunto: 
Archivo Norma:  D.S. Nº 230-2010-EF
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora: 25.11.2010  12:12:49 p.m.