NORMAS LEGALES
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GJA-00.09: REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS DELITOS ADUANEROS

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Asunto:  Modifican el Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros 
Norma:  Decreto Supremo Nº 278-2022-EF F. Vigencia:  Entra en vigor con la entrada en vigencia de las normas necesarias para su aplicación emitidas por la SUNAT
F. Publicación:  03.12.2022 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

  Artículo 2.- Modificación del Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros
Modifícanse los artículos 4, 5, 6, 8, 10, 12, 13, 14,16, 17, 18, 20 y 21, el título del Capitulo V y la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 121-2003-EF, conforme a los textos siguientes

   TEXTO ANTERIOR    TEXTO ACTUAL
“Artículo 22-A. Sustitución de la sanción de internamiento temporal de vehículo por multa
La SUNAT sustituye la sanción de internamiento temporal de vehículo por una multa equivalente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria:

a) cuando el vehículo es una nave.
b) para el vehículo no comprendido en el literal anterior, cuando no ha sido aprehendido dentro del plazo de un (1) año desde que la resolución de sanción queda firme y consentida.

La SUNAT dicta las normas necesarias para la aplicación del presente artículo”.
                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  D.S. Nº 278-2022-EF
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Roberto Ruiz Fecha y Hora:   3.12.2022