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CONTROL DE CAMBIOS
 
GJA-00.23: LEY DE FACILITACIÓN ADUANERA Y DE INGRESO DE PARTICIPANTES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS INTERNACIONALES DECLARADOS DE INTERÉS NACIONAL

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Asunto:  LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2015
Norma:  Ley Nº 30281 F. Vigencia:  1.1.2015
F. Publicación:   4.12.2014 F. Derogación: 
        
   ARTICULO

 QUINTA. Modificase el artículo 3 de la Ley 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realizaión de eventos internacionales declarados de interés nacional, con el siguiente texto:

 
   TEXTO ANTERIOR

Artículo 3. Admisión temporal

Los bienes pueden ser sometidos al régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado durante el período comprendido desde los treinta (30) días calendario anteriores al inicio del evento hasta su culminación y por un plazo máximo de autorización de noventa (90) días calendario posteriores a dicho momento.

   TEXTO ACTUAL
 

Artículo 3. Admisión temporal

Los bienes pueden ser sometidos al régimen de admisión temporal para reexportación en el mismo estado durante el período comprendido desde los noventa (90) días calendario anteriores al inicio del evento hasta su culminación y por un plazo máximo de autorización de noventa (90) días calendario posteriores a dicho momento.

Los citados plazos pueden ser ampliados en casosj ustificados hasta por un período similar por la SUNAT y por períodos mayores mediante Resolución Ministerial.

                      
Archivo Adjunto 

 

Archivo Norma:  Ley Nº 30281
 
Observaciones :
Responsable/Control Electrónico: Juan Medina Zavala Fecha y Hora:  17.12.2014 :12:49 p.m.