Articulo 10.- Documentación
10.1 Para la salida temporal del país de los vehículos con
placa de rodaje peruana o matrícula nacional, el
beneficiario debe presentar lo siguiente, según
corresponda:
1. Documento nacional de identidad, pasaporte u otro
documento análogo que acredite su residencia en el
país.
2. Tarjeta de Identificación Vehicular o Certificado de
Matrícula del vehículo.
3. Contrato de arrendamiento o documento expedido por
el propietario, que autoricen el uso y la salida temporal
en el que conste su plazo de vigencia, apostillado por la
autoridad competente, en caso el beneficiario no sea el
propietario.
10.2 La Administración Aduanera autoriza la salida
temporal expidiendo el certificado suscrito por el
beneficiario con carácter de declaración jurada.
10.3 La APN otorga la autorización de zarpe a través de la
Ventanilla Única de Comercio Exterior.
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