MODIFICAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO "INSPECCIÓN NO INTRUSIVA, INSPECCIÓN FÍSICA Y RECONOCIMIENTO FÍSICO DE MERCANCÍAS EN EL COMPLEJO ADUANERO DE LA INTENDENCIA DE ADUANA MARÍTIMA DEL CALLAO" INTA-PE.00.13 APROBADO CON RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 082-2011-SUNAT/A

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

 

Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo Nº 1053 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF y sus modificatorias

 

Proyecto de Resolución que modifica el Procedimiento Específico "Inspección No Intrusiva, Inspección Física y Reconocimiento Físico de Mercancías en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao" INTA-PE.00.13 (versión 1)

 

Los comentarios al precitado proyecto de modificación de procedimiento pueden ser enviados hasta el día Lunes 13 de junio de 2016.

 

El funcionario encargado de recibir los comentarios al Proyecto de Resolución que aprueba la modificación del Procedimiento Específico "Inspección No Intrusiva, Inspección Física y Reconocimiento Físico de Mercancías en el Complejo Aduanero de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao" INTA-PE.00.13 (versión 1), es el Sr. Armando Vargas Salazar, a través de su correo electrónico: avargass@sunat.gob.pe
 

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Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria Av. Garcilazo de la Vega N.° 1472, Lima.