PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 379-2013/SUNAT A FIN DE ESTABLECER NUEVOS SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LOS REGISTROS DE VENTAS E INGRESOS Y DE COMPRAS DE MANERA ELECTRÓNICA Y QUE APRUEBA LAS FECHAS MÁXIMAS DE ATRASO DE DICHOS REGISTROS PARA EL 2015

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias): 

El proyecto de resolución de superintendencia tiene por objeto modificar la Resolución de Superintendencia N.° 379-2013/SUNAT a fin de ampliar el universo de sujetos obligados a llevar de manera electrónica los registros así como aprobar, las fechas máximas de atraso a considerar en el año 2015 para efecto de los registros  de ventas e ingresos y de compras llevados de manera electrónica.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 26 del mes de diciembre de 2014 al correo electrónico e-libros@sunat.gob.pe