PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA LAS NORMAS QUE ESTABLECEN LA FORMA Y CONDICIONES PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL APORTE Y/O RETENCIÓN AL FONDO EXTRAORDINARIO DEL PESCADOR (FEP) ASÍ COMO LA DE ENTREGAR CONSTANCIAS DE RETENCIÓN DEL APORTE AL FEP

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

El proyecto de Resolución de Superintendencia que se pre publica:

  1. Aprueba el Formulario Virtual N.° 1674 – Fondo Extraordinario del Pescador, el cual estará disponible en SUNAT Virtual a partir del 1 de abril de 2014.
  2. Establece la forma y condiciones para la presentación de la declaración y pago de los aportes y/o retenciones al FEP que deban efectuar el armador y/o la empresa industrial pesquera.
  3. Establece la obligación de emitir una constancia de retención de los aportes al FEP, así como la información mínima que deberá contener la misma.
  4. Dispone que la regularización de la declaración de los aportes y de las retenciones al FEP correspondientes al periodo febrero de 2014, considerará como plazo de vencimiento el correspondiente a las obligaciones mensuales del periodo marzo de 2014.
Dar click para ver archivos

Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 25 de marzo de 2014 a la siguiente dirección:  

Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria
Av. Garcilazo de la Vega N.° 1472, Lima.  

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: Obs_proy@sunat.gob.pe y mguimara@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es la Sra. Milagros Guimaray Vásquez, Teléfono 6112230 - Anexo 28305.