PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE ESTABLECE FORMA Y CONDICIONES EN QUE EL EMISOR ELECTRÓNICO PROPORCIONA A LA SUNAT LA INFORMACIÓN SOBRE LAS CAUSAS NO IMPUTABLES QUE DETERMINARON LA IMPOSIBILIDAD DE EMITIR LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA PARA BIENES FISCALIZADOS.

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias).

El proyecto de resolución de superintendencia que establece la forma y condiciones para que el emisor electrónico incorporado al Sistema de Emisión Electrónica de la Guía de Remisión Electrónica para Bienes Fiscalizados proporcione a la SUNAT la información sobre las causas no imputables que determinaron la imposibilidad de emitir la Guía de Remisión Electrónica para Bienes Fiscalizados
 

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 10 del mes de noviembre de 2016 a la siguiente dirección:

Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
Av. Garcilazo de la Vega N.° 1472, Lima.

Los comentarios también se podrán remitir vía correo electrónico a la siguiente dirección: iqbf@sunat.gob.pe

La persona encargada de recibir los comentarios es María Pamela Lisno Salguero.