PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA PROGRAMA INFORMÁTICO QUE FACILITA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN A LA SUNAT

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y modificatorias):

El proyecto de resolución de superintendencia aprueba un programa informático que facilitará el envío de declaraciones, comunicaciones, documentos y cualquier otra información a la SUNAT, efectuará validaciones y permitirá obtener las constancias de recepción, para lo cual se modifican las Resoluciones de Superintendencia N.°s 109-2000/SUNAT, 097-2012/SUNAT, 300-2014/SUNAT y 117-2017/SUNAT.

Adicionalmente, el proyecto modifica el plazo establecido en la Resolución de Superintendencia N.° 123-2017/SUNAT, para que los sujetos obligados a declarar los comprobantes de pago emitidos durante los meses de enero a junio de 2017 por las operaciones comprendidas en el inciso a) del artículo 46° de la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF y normas modificatorias, puedan hacerlo durante todo el mes de agosto de 2017.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse vía correo electrónico a la siguiente dirección: e-comprobantes@sunat.gob.pe.

El plazo máximo para remitir los comentarios es hasta el 26 de junio.

Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria
Av. Garcilazo de la Vega N.° 1472, Lima.