PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE DESIGNA COMO EMISORES ELECTRÓNICOS A EMISORES DE DETERMINADOS DOCUMENTOS AUTORIZADOS Y OTROS

SUNAT

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Temas a que se refiere el proyecto resolución de superintendencia (Conforme a lo establecido por el numeral 2.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias)

El proyecto de resolución designa como emisores electrónicos de facturas, boletas de venta y notas vinculadas, a los emisores de determinados documentos autorizados por todas o parte de sus operaciones, disponiendo además los sistemas de emisión que pueden utilizar, los requisitos mínimos adicionales en los comprobantes de pago electrónicos y las reglas para la emisión de notas electrónicas.

Además, el proyecto elimina el documento autorizado denominado "recibo por el pago de la tarifa de uso superficial y cuota por el uso de agua", así como la excepción que desobliga a las empresas del Sistema Financiero Nacional de emitir documentos autorizados. Finalmente, el proyecto exceptúa de la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones a las operaciones señaladas en el párrafo anterior por las que se emitan comprobantes electrónicos.

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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden dirigirse hasta el día 24 del mes de noviembre de 2017 vía correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: e-comprobantes@sunat.gob.pe