PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE UNIFORMIZA LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR DATOS DE CONTACTO EN EL RUC, REGULA SU VALIDACIÓN, ASÍ COMO LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EL INGRESO A SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA Y FACILITA EL TRÁMITE DE CAMBIO DEL TIPO DE CONTRIBUYENTE A TRAVÉS DE SUNAT VIRTUAL
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SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
Temas a que se refiere el proyecto de resolución de superintendencia (conforme a lo previsto en el párrafo 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N.º 009-2024-JUS):
Con la finalidad de mejorar la calidad de la información del RUC a fin de optimizar la comunicación con los sujetos inscritos y administrar un registro que cuente con la información actualizada de los datos de correo electrónico y número de teléfono móvil, así como, garantizar la identidad del usuario que accede a SOL, el proyecto propone modificar las Resoluciones de Superintendencia N.os 210-2004/SUNAT y 109-2000/SUNAT y el Reglamento de Comprobantes de Pago (RCP), aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT, para:
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Los comentarios al proyecto de resolución de superintendencia pueden presentarse hasta el día 4 del mes de junio de 2026, ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria en la Mesa de Partes de la SUNAT, ubicada en Av. Garcilaso de la Vega N.° 1472, Cercado de Lima, en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional o de la Mesa de Partes Virtual - SUNAT o ser enviadas a la siguiente dirección de correo electrónico: rcordova@sunat.gob.pe.
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