RESUMEN LEGAL N° 230 -2008

LUNES 01 DE DICIEMBRE DE 2008

NORMAS LEGALES

No se publicaron normas de interés tributario y/o aduanero

 

LECTURAS SUGERIDAS

EL PERUANO:

1. Rigor ante la evasión. SUNAT impone sanciones a empresas por infracciones tributarias

Pág. 14

GESTIÓN:

1. MEF: Ahora sí los combustibles contaminantes pagarán más ISC.

Pág. 4

2. MEF dispuesto a tener déficit fiscal para afrontar crisis mundial.

Pág. 8

3. Se acentuaría la fiscalización a contribuyentes durante el próximo año.

Pág. 18

4. Detectan 4,500 infracciones tributarias en sector transporte.

Pág. 19

5. SUNAT debe enfocarse a quienes no pagan.

Pág. 19

6. ¿Por qué se posterga el impuesto a las ganancias de capital?

Pág. 22

7. Tributación obsoleta.

Pág. 32

 

PROGRAMA DE SANEAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN PATRIMONIAL

Boletín oficial del 28 de noviembre de 2008

No se publicaron avisos de convocatoria a Junta de Acreedores

SENTENCIAS EN CASACIÓN

CASACIÓN N° 2421-2007.LIMA

(Pág. 23295)

En los seguidos por la empresa TAL TECH S.A. contra el Tribunal Fiscal se ha señalado lo siguiente:

(...)

Primero.- Que la controversia consiste en determinar si procede el cobro por parte de la Administración Tributaria por concepto de Impuesto General a las Ventas respecto de las operaciones que realizó la empresa recurrente TAL TECH S.A. a nombre de la empresa TAL S.A – sobre "transmisión de conocimientos en materia de gestión y administración de sistema de equipo de riego tecnificado" - , así como también de la operación que realizó a nombre de la empresa NETAFIN IRRIGATION EQUIPAMENT sobre – "servicio de promoción y marketing de sus productos de equipos de riego tecnificado por goteo"

(...)

Tercero.- Que, de otro lado, es de agregar que para que una operación comercial pueda ser calificada como comercial, no basta que en la factura se acredite que el comisionista actúa como intermediario entre un sujeto no domiciliado en el país y otro no domiciliado y la comisión sea pagada en el exterior; por esa razón, tal como ha quedado acreditado en la recurrida, la Administración Tributaria efectuó un proceso de fiscalización, solicitando al recurrente que presente la documentación que acredite la existencia de un contrato de comisión mercantil, requerimiento que no fue cumplido por el contribuyente, toda vez que en autos no obra el contrato de comisión mercantil que sustente en forma fehaciente el argumento sostenido por la empresa accionante; consecuentemente, al no haberse acreditado la impertinencia de la norma cuya aplicación indebida se denuncia, debe desestimarse el recurso de casación.

DECISIÓN: Declararon INFUNDADO el recurso de casación.

CASACIÓN N° 1783-2008 LIMA

(Pág. 23317)

En los seguidos por la Caja de Pensiones Militar Policial contra el Tribunal Fiscal se ha señalado lo siguiente:

(...)

Cuarto: que, en cuanto a la denuncia reseñada en el literal "b)", debe tenerse en cuenta que el impugnante alega que la Sala Superior ha incurrido en una motivación insuficiente al no haberse pronunciado respecto a la ausencia de motivación de las resoluciones administrativas impugnadas, a los vicios en el Requerimiento N° 00087877, a los motivos por los cuales concluyó que existen indicios de delito tributario y a las razones por las cuales las declaraciones de instructivas de tres procesos constituyen indicios de delito tributario. Sin embargo, revisada la resolución de vista se aprecia que tiene suficiente motivación fáctica y jurídica que sustenta su decisión, al confirmar la apelada esgrimiendo sus propias consideraciones respecto de cada uno de los argumentos que sustentaron el recurso de apelación, argumentos que además han sido reproducidos en el presente recurso de casación; por lo que esta denuncia también debe ser desestimada.

DECISIÓN: Declararon IMPROCEDENTE el recurso de casación.