AUTORIZAN PRORROGA DEL PLAZO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE UBICADO EN TALARA-PIURA MEDIANTE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 110-2001/SUNAT

(Publicada el 20 de setiembre de 2001)

Lima, 19 de setiembre de 2001.

CONSIDERANDO:

Que el inciso g) del artículo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicaciones Directas las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor;

Que una vez aprobada la exoneración correspondiente, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo establecido por el artículo 20° de dicho Texto;

Que en los artículos 105° y 116° del referido Reglamento se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación;

Que el Informe Técnico Legal N° 011-2001-IE0100 indica que tratándose del arrendamiento de un local destinado al funcionamiento de una oficina remota que se encuentra acondicionado e implementado para operar como tal resulta conveniente prorrogar dicho contrato, enmarcándose dentro de lo dispuesto en el artículo 20° del mismo Texto;

Que lo expuesto en el citado Informe justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la prórroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el artículo 113° del mencionado Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19° y 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 y en los artículos 105°, 113° y 116° de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del artículo 6° del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y modificado por Resolución de Superintendencia N° 004-2001/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Exonerar del proceso de adjudicación directa selectiva la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Avenida "B" N° 270 Talara-Piura, sede de la Oficina Remota Talara de SUNAT, por el plazo de un año contado a partir del 01 de setiembre de 2001al 31 de agosto de 2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar a la Intendencia Regional Piura a suscribir contrato con la Srta. Orfa Avellaneda de Rojas mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de S/. 1 400,00, incluido IGV.

Artículo 3°.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copia de la presente Resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BEATRIZ MERINO LUCERO

Superintendente Nacional