MODIFICAN EL NUEVO REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS - DAOT Y CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 039-2002/SUNAT
(Publicada el 23 de abril de 2002)
Lima, 22 de abril de 2002
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 024-2002/SUNAT se aprobó el Nuevo Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT);
Que uno de los objetivos de la SUNAT es brindar al contribuyente las mayores facilidades para el cumplimiento de la obligación de presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2001;
Que resulta conveniente establecer un procedimiento alternativo para la obtención del Archivo Resumen DAOT;
Que en tal sentido, es conveniente postergar las fechas de vencimiento incluidas en el cronograma contenido en el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 024-2002/SUNAT;
En uso de las facultades conferidas por el inciso k) del artículo 6° del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 041-98/SUNAT y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Incorpórase el numeral 9.3 al Artículo 9° del Nuevo Reglamento de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT, aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 024-2002/SUNAT, de acuerdo al siguiente texto:
"9.3 Se podrá obtener el archivo "Resumen de Declaraciones Mensuales", en cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente y en las Dependencias de la SUNAT a nivel nacional, cuando el Declarante o su representante legal debidamente identificado, lo solicite personalmente o a través de persona expresamente autorizada para ello mediante carta poder con firma legalizada notarialmente. El referido archivo será entregado de manera inmediata a través de medio magnético, para lo cual el solicitante deberá proporcionar un disquete de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas."
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo contenido en la Única Disposición Transitoria de la Resolución de Superintendencia N° 024-2002/SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:
ANEXO
CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO
EJERCICIO 2001
Último dígito del número de RUC | Vencimiento |
9 | 03.06.2002 |
8 | 04.06.2002 |
7 | 05.06.2002 |
6 | 06.06.2002 |
5 | 07.06.2002 |
4 | 10.06.2002 |
3 | 11.06.2002 |
2 | 12.06.2002 |
1 | 13.06.2002 |
0 | 14.06.2002 |
Buenos Contribuyentes | 17.06.2002 |
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional