DELEGA EN EL SUPERINTENDENTE EJECUTIVO DE ADUANAS LA FACULTAD DE SUSCRIBIR CONTRATOS Y CONVENIOS

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 176-2002/SUNAT

(Publicada el 7 de diciembre de 2002)



Lima, 06 de diciembre de 2002.


CONSIDERANDO:

Que el Artículo 7° del Estatuto de ADUANAS establece que el Superintendente Nacional de Aduanas es el funcionario de mayor nivel jerárquico que tiene entre otras funciones, celebrar actos, convenios y contratos con personas naturales y jurídicas nacionales y extranjeras, conforme a ley;

Que mediante Decreto Supremo N° 061-2002-PCM se ha dispuesto fusionar la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT, otorgándose a esta última la calidad de entidad incorporante;

Que en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 115-2002-PCM se ha precisado que el proceso de fusión concluirá el 31 de diciembre de 2002;

Que, como consecuencia de la fusión dispuesta, el Superintendente Nacional de Administración Tributaria ha asumido también la titularidad de ADUANAS, encontrándose facultado -por disposición expresa del numeral 2.2 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 061-2002-PCM y en tanto culmine dicho proceso- a dictar, mediante Resoluciones de Superintendencia, las medidas necesarias a fin de no alterar el normal desarrollo en ADUANAS; 

Que, de acuerdo con ello y con la finalidad de desconcentrar atribuciones y facilitar así el desarrollo de las actividades de ADUANAS, resulta necesario delegar en el Superintendente Ejecutivo la facultad reseñada en el primer considerando de esta Resolución, la misma que, de conformidad con lo establecido en el inciso k) del Artículo 7° del Estatuto de ADUANAS, corresponde al Titular de la institución;

En uso de la facultad conferida en el inciso s) de dicho artículo y atendiendo a lo establecido en el numeral 2.2 del Artículo 2° del Decreto Supremo N° 061-2002-PCM y en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; 

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Delegar en el Superintendente Ejecutivo de ADUANAS la atribución de firmar, en representación de ADUANAS, contratos con personas naturales o jurídicas y convenios de cooperación con entidades del Sector Público y Privado. 

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BEATRIZ MERINO LUCERO
SUPERlNTENDENTE NACIONAL