APRUEBAN CRONOGRAMA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN QUE DEBEN PROPORCIONAR DETERMINADAS ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO SOBRE ADQUISICIONES DE BIENES O SERVICIOS EN EL AÑO 2003
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 043 -2003/SUNAT
(Publicada el 14 de febrero de 2003)
Lima, 13 de febrero de 2003.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° del Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM y modificado por la Resolución Ministerial N° 125-2001-PCM, tal información deberá ser entregada a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaría -SUNAT, dentro de los últimos cinco (5) días hábiles del mes subsiguiente a aquél al que correspondan las adquisiciones, conforme al cronograma que ésta establezca mediante Resolución de Superintendencia;
Que en virtud de lo señalado por el citado artículo, resulta necesario aprobar un cronograma para que las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional cumplan con presentar la información correspondiente al año 2003;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 3° del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM y modificado por la Resolución de Ministerial N° 125-2001-PCM; y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional señaladas en el anexo que forma parte del Texto Único Actualizado de las normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2001-PCM y modificado por la Resolución Ministerial N° 125-2001-PCM, deberán entregar a la SUNAT la información que corresponda a las adquisiciones de bienes y/o servicios de enero a diciembre de 2003, de acuerdo con el siguiente cronograma:
Año
2003 Adquisiciones del mes |
Último dígito del RUC | |
0,1,2,3,4 | 5,6,7,8,9 | |
Enero | 27.03.2003 | 28.03.2003 |
Febrero | 29.04.2003 | 30.04.2003 |
Marzo | 29.05.2003 | 30.05.2003 |
Abril | 26.06.2003 | 27.06.2003 |
Mayo | 30.07.2003 | 31.07.2003 |
Junio | 28.08.2003 | 29.08.2003 |
Julio | 29.09.2003 | 30.09.2003 |
Agosto | 30.10.2003 | 31.10.2003 |
Setiembre | 27.11.2003 | 28.11.2003 |
Octubre | 30.12.2003 | 31.12.2003 |
Noviembre | 29.01.2004 | 30.01.2004 |
Diciembre | 26.02.2004 | 27.02.2004 |
Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional