AMPLíA PLAZO PARA CONCRETAR LA FUSIÓN DE LOS FONDOS DE EMPLEADOS DE ADUANAS Y DE LASUNAT

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 076 -2003/SUNAT

(Publicada el 1 de abril de 2003)


Lima 31 de marzo de 2003

CONSIDERANDO:

Que mediante los Decretos Legislativos N°s 673 y 680, se crearon los Fondos de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y de la Superintendencia Nacional de Aduanas, ambos con la finalidad de brindar apoyo a sus trabajadores y familiares mediante el otorgamiento de prestaciones asistenciales de salud, así como de préstamos para financiar necesidades de carácter social;

Que mediante Decreto Supremo N° 003-2003-PCM de fecha 02 de enero de 2003, se precisa que la fusión de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT, dispuesta mediante Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, implica también la fusión de los Fondos de Empleados de ambas entidades;

Que asimismo el citado Decreto Supremo establece que dicha fusión se concretará el 1 de abril de 2003, fecha en la que los recursos de ambos fondos se consolidarán en uno solo, que corresponderá al nuevo Fondo de Empleados de la SUNAT; sin embargo también prevé el referido dispositivo que el plazo indicado podrá ser prorrogado por un plazo máximo de tres meses adicionales, mediante Resolución del Superintendente Nacional de Administración Tributaria; 

Que la fusión de los Fondos de Empleados de la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, viene siendo conducida por los miembros de los Comités Especiales, encontrándose en elaboración el nuevo Estatuto y Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaría, así como la auditoría a los Estados Financieros;

Que por tales hechos es necesario prorrogar hasta el 30 de abril de 2003, el plazo inicialmente establecido para concretar la fusión del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria;

En uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° del Decreto Supremo N° 003-2003-PCM; y por el inciso u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2003 el plazo para concretar la fusión del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

Artículo 2°.- Los miembros de los Comités Especiales de ambos Fondos de Empleados quedan encargados de mantener la conducción y culminar el proceso de integración, dentro del plazo previsto en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional