INCORPORAN CONTRIBUYENTES A LOS DIRECTORIOS DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE INTENDENCIAS REGIONALES Y OFICINA ZONAL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 112-2003/SUNAT
(Publicada el 25 de mayo de 2003)
Lima 23 de mayo de 2003.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 88° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias señala que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar;
Que por su parte, el artículo 29° del Código antes citado establece que el pago se efectuará en la forma que señala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de éstos, la Resolución de la Administración Tributaria, especificando asimismo que al lugar fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le será oponible el domicilio fiscal;
Que de otro lado, según el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 100-97/SUNAT y normas modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes efectuarán la declaración y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en las Unidades de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque;
Que es de interés fiscal incorporar nuevos contribuyente a los directorios de Principales Contribuyentes de las Intendencias Regionales Lima, La Libertad y Lambayeque y de la Oficina Zonal Huacho;
En uso de las facultades conferidas por los artículos 29° y 88° del TUO del Código Tributario, los artículos 5° y 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Incorpórase en los directorios de Principales Contribuyentes de las dependencias que se señalan en la siguiente tabla, a los contribuyentes indicados en los Anexos 1 a 6 de la presente resolución, los mismos que deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en el lugar señalado expresamente para cada dependencia en la referida tabla:
DEPENDENCIA |
ANEXO N° |
LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES |
INTENDENCIA REGIONAL LIMA |
1 |
Av. Benavides N° 222, distrito de Miraflores, |
2 |
Av. Abancay N° 491, cercado de Lima, provincia de Lima, departamento de Lima. |
|
3 |
Av. Elmer Faucett s/n Centro Aéreo Comercial, tiendas 105, 106, 107 y 108, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao. |
|
INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD |
4 |
Jr. Agustín Gamarra N° 484, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo. departamento de La Libertad. |
INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE |
5 |
Av. José Leonardo Ortiz N° 195, distrito de Chiclayo, departamento de Lambayeque. |
OFICINA ZONAL HUACHO |
6 |
Av. 28 de Julio N° 286, distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima. |
Artículo 2°.- La SUNAT notificará el contenido de la presente
resolución a los contribuyentes señalados en los anexos adjuntos.
Artículo 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1° de junio del 2003.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional
ANEXO N° 1
RUC | Nombre o Razón Social |
20125831177 | TRANOR S.A.C. |
20261004454 | JVR DISTRIBUIDORA S.C.R.L. |
20414304517 | ELECTROINGENIERIA PERU S.A. EIPESA |
20462654244 | INVERSIONES PESQUERAS LA PARRA S.A.C. |
20465979667 | ICCGSA - TIZON ASOCIADOS |
20468194202 | MARI MOTORS S.A.C. |
ANEXO N° 2
RUC | Nombre o Razón Social |
10237079022 | ZORRILLA CHAMORRO NORMA |
20172761667 | IMPORT. EXPORT. COM RICE SUGAR E & J S.R.LTD. |
20258505213 | COMERCIO & CIA S.A. |
20291939083 | INKA CROPS S.A. |
20292584491 | COMERC. DISTRIBUIDORA CENTRAL E.I.R.L. |
20338777818 | DISTRIBUIDORA LA CALIDAD E.I.R.L. |
20421383988 | SHEMA S.A.C. |
20471349195 | DISTRIBUCIONES LATINOAMERICANA S.A.C. |
20505880171 | RED DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS S.A.C. |
ANEXO N° 3
RUC | Nombre o Razón Social |
20160363402 | CONSORCIO SAMM S.A. |
20305063674 | REPRESENTAC. E INVERSIONES SANTA CLARA S.A. |
20501650359 | TEX TRADING S.A.C. |
ANEXO N° 4
RUC | Nombre o Razón Social |
20440178228 | DISTRIBUIDORA MOCHICA S.A.C. |
ANEXO N° 5
RUC | Nombre o Razón Social |
20438469819 | COMERCIALIZ. DISTRIB. RAMIREZ Y ACUNA S.R.L. |
ANEXO N° 6
RUC | Nombre o Razón Social |
20530582729 | INVERSIONES MEDIO MUNDO S.A.C. |