MODIFICAN LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA OFICINA ZONAL UCAYALI
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 132-2002/SUNAT
(Publicada el 28 de junio de 2003)
Lima, 27 de junio de 2003
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 095-1999/SUNAT, se aprobaron los Directorios de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y de diversas Intendencias Regionales y Oficinas Zonales, entre ellas la Oficina Zonal Ucayali;
Que las Resoluciones de Superintendencia N° 140-2001/SUNAT y 087-2003/SUNAT modificaron el directorio de Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Ucayali;
Que asimismo, las citadas Resoluciones de Superintendencia establecieron el lugar donde los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Ucayali deben cumplir sus obligaciones, formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT;
Que a efecto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Ucayali es conveniente modificar el lugar a que se refiere el párrafo anterior;
En uso de las facultades conferidas en los artículos 29° y 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias; el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N° 100-97/SUNAT; y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- A partir del 30 de junio de 2003, los Principales Contribuyentes de la Oficina Zonal Ucayali deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en el Jr. Inmaculada N° 991, Distrito Callería, Provincia Coronel Portillo, Departamento Ucayali.
Regístrese, comuníquese y publíquese
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional