DESIGNAN AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 184-2003/SUNAT
(Publicada el 10 de octubre de 2003)
Lima, 09 de octubre de 2003.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 10° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la
Administración Tributaria podrá designar como agentes de retención a los sujetos
que se encuentran en disposición para efectuar la retención de tributos;
Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT y normas modificatorias se estableció el Régimen de Retenciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a los proveedores y se designó a determinados sujetos como agentes de retención;
Que a través de las Resoluciones de Superintendencia Nros. 116-2002/SUNAT, 135-2002/SUNAT, 181-2002/SUNAT y 080-2003/SUNAT han sjdo designados otros agentes de retención;
Que adicionalmente a los ya designados mediante
las citadas resoluciones, resulta de interés fiscal nombrar nuevos agentes de
retención;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 10° del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, por el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y
normas modificatorias, y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de
Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N°
115-2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Desígnase como Agentes de Retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo de la presente resolución, los mismos que operarán como tales a partir del 1 de noviembre de 2003.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
ANEXO
Relación de sujetos designados como Agentes de Retención, adicionales a aquellos nombrados mediante Resoluciones de Superintendencia Nros. 037-2002/SUNAT, 116-2002/SUNAT, 135-20002/SUNAT, 181-2002/SUNAT y 080-2003/SUNAT
Ord. | RUC |
1 | 20100181615 |
2 | 20101015492 |
3 | 20302888401 |
4 | 20330033313 |
5 | 20503758114 |
6 | 20506598878 |
7 | 20506395179 |