SUSTITUYEN ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 019-2004/SUNAT
RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA N° 057-2004/SUNAT
(Publicada el 03 de marzo de 2004)
Lima, 02 de marzo de 2004.
CONSIDERANDO:
Que el articulo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, señala que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma y lugar establecidos por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar;
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 019-2004/SUNAT se aprobaron las disposiciones y los formularios para la declaración anual del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2003;
Que la mencionada resolución permitió a los contribuyentes que reunieran ciertas condiciones y que tengan su domicilio fiscal en los distritos indicados en el Anexo de la misma, a presentar su declaración mediante formularios preimpresos;
Que a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarías de los contribuyentes, resulta necesario incluir otros distritos en el referido Anexo;
Al amparo del articulo 88° del TUO del Código Tributario, articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501 e inciso q) del Articulo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 019-2004/SUNAT, denominado "Distritos en los que se podrá presentar la Declaración mediante formularios preimpresos", por el Anexo de la presente resolución.
Artículo 2°.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional