SUSTITUYEN ANEXO DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 147-2003/SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 268-2005/SUNAT

(Publicada el 13.01.2006 y vigente a partir del 14.01.2006)

Lima, 30 de diciembre de 2005

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias se reguló la forma y condiciones en que los deudores tributarios pueden realizar diversas operaciones a través de Internet utilizando el Sistema SUNAT Operaciones en Línea;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la citada resolución, para realizar operaciones mediante el Sistema SUNAT Operaciones en Línea el deudor tributario debe contar con su Código de Usuario y Clave de Acceso a dicho sistema, para lo cual deberá presentar la Solicitud de Acceso debidamente llenada y firmada por él o su representante legal acreditado en el RUC, en las dependencias o Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT;

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 147-2003/SUNAT se aprobó, entre otros, el formato "Solicitud de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Línea", para ser utilizado por los contribuyentes para requerir la asignación de un Código de Usuario y Clave de Acceso;

Que resulta necesario modificar el formato de la solicitud a utilizarse por el deudor tributario para los fines señalados en el párrafo anterior;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 147-2003/SUNAT - "Solicitud de Acceso al Sistema SUNAT Operaciones en Línea" - utilizado por el deudor tributario para requerir la asignación de un Código de Usuario y Clave de Acceso, por el Anexo de la presente resolución.

Artículo 2°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional


ANEXO