MODIFICAN REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE NOTARIOS Y APRUEBAN NUEVA VERSIÓN DEL PDT DE NOTARIOS, FORMULARIO VIRTUAL N° 3520 VERSIÓN 3.1

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 053-2007/SUNAT

(Publicado el 17.03.2007 y vigente a partir del 18.03.2007)

Lima, 16 de marzo de 2007

CONSIDERANDO:

Que el artículo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Administración Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligación de presentar la declaración tributaria por medios magnéticos;

Que el artículo 96° del citado Código Tributario establece que los notarios comunicarán y proporcionarán a la Administración Tributaria las informaciones relativas a hechos generadores de obligaciones tributarias que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo a las condiciones que establezca la Administración Tributaria.

Que mediante Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT se aprobó el Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, así como el Programa de Declaración Telemática de Notarios (PDT de Notarios) en el que se debe realizar la declaración tributaria en mención;

Que mediante Ley N° 28677, Ley de la Garantía Mobiliaria, reglamentada por el Decreto Supremo N° 012-2006-JUS, se reguló la garantía mobiliaria como la afectación de un bien mueble a través de un acto jurídico, destinada a asegurar el cumplimiento de una obligación. Para que esta garantía sea oponible frente a terceros debe estar inscrita en el Registro correspondiente, teniendo mérito suficiente para ello, el Formulario de Inscripción aprobado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP suscrito por los otorgantes del acto, en donde conste la información señalada en el artículo 19° de la citada Ley, la cual establece además que dicho formulario tendrá carácter de declaración jurada y deberá estar certificado por un notario público;

Que, con el objeto de contar con la información señalada en el párrafo precedente, es necesario modificar el Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, a fin que los notarios incluyan la información contenida en el Formulario de Inscripción donde consta una garantía mobiliaria, en su Declaración de Notarios; así como aprobar una nueva versión del PDT de Notarios que incorpore dicho instrumento;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, y en uso de las facultades conferidas por el  artículo 11° del Decreto Legislativo N° 501 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT; aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- REFERENCIA

Para los efectos de la presente Resolución, se entenderá por "Reglamento" al Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT y normas modificatorias.

Artículo 2°.- OBLIGACIÓN DE PRESENTAR LA DECLARACIÓN Y OPERACIONES PATRIMONIALES A DECLARAR

Sustitúyase el primer párrafo del artículo 3° del Reglamento según el siguiente texto:

"Se encuentran obligados a presentar la Declaración los Notarios a nivel nacional que durante el ejercicio hayan, por lo menos:

  1. Realizado una Autorización de libros y registros;

  2. Otorgado una escritura pública que contenga operaciones patrimoniales;

  3. Legalizado un formulario registral;

  4. Participado en la transferencia de bienes muebles registrables o no registrables; o

  5. Certificado un Formulario de Inscripción en el que consta una Garantía Mobiliaria."

Artículo 3°.- REGISTRO DE LA INFORMACIÓN, PRESENTACIÓN Y ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA DECLARACIÓN

Sustitúyase el inciso c del primer párrafo del artículo 7° del Reglamento, según el siguiente texto:

"c. Alguna de las operaciones enumeradas en el primer párrafo del artículo 3°.

Artículo 4°.- APROBACIÓN DE LA NUEVA VERSIÓN DEL PDT DE NOTARIOS

Apruébese el PDT de Notarios, Formulario Virtual N° 3520 - versión 3.1, a ser utilizado para la elaboración y presentación de la Declaración Anual de Notarios a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT, y normas modificatorias.

El PDT de Notarios, Formulario virtual N° 3520 - versión 3.1 estará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual cuya dirección es: http://www.sunat.gob.pe a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución y deberá ser utilizado para la presentación de la Declaración Anual de Notarios correspondiente al ejercicio 2007, sin perjuicio de lo dispuesto en la segunda disposición complementaria final  de la presente resolución.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA.- VIGENCIA

La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

SEGUNDA.- OMISOS A LA PRESENTACIÓN Y RECTIFICATORIAS

Los notarios que a la fecha de vigencia de la presente resolución se encuentren omisos a la presentación del PDT de Notarios correspondiente al ejercicio 2006 o anteriores, o deseen presentar una rectificatoria de la declaración correspondiente a dichos años, deberán regularizar dicha presentación utilizando el PDT de Notarios, Formulario virtual N° 3520 - versión 3.1. La presentación se efectuará según lo señalado en el artículo 4° del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 138-99/SUNAT y normas modificatorias.

Lo establecido en el párrafo anterior no libera al infractor de las sanciones que correspondan.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

ÚNICA.- DEROGACIÓN

Deróguese el inciso d del primer párrafo del artículo 7° del Reglamento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LAURA CALDERON REGJO
Superintendente Nacional