Estimado contribuyente:
Le informamos que, mediante el Decreto Supremo N.º 256-2018-EF se aprobó el Reglamento que establece la información financiera que las instituciones financieras sujetas a reportar deben suministrar a la SUNAT para que realice el intercambio automático de información con otras autoridades competentes, conforme con lo acordado en los tratados internacionales y en las decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.
Asimismo, con Resolución de Superintendencia N.º 270-2019/SUNAT se establece, entre otros, que el medio para la presentación de la declaración Reporte Financiero – ECR es a través del sistema IR AEOI.
En ese sentido, se le comunica lo siguiente:
- Durante los meses de enero y febrero 2021, el referido sistema se encontrará habilitado para que usted pueda realizar las pruebas que considere necesarias. Al final de este periodo de prueba obtendrá una declaración de Reporte Financiero – ECR listo para ser entregado a la SUNAT.
- Luego de concluida la etapa de prueba, el sistema pasará a la etapa de presentación del ECR, prevista a realizarse en los meses de marzo a mayo.
Se precisa que durante este periodo corresponde presentar el Reporte Financiero – ECR de los ejercicios 2018 y 2020.
Para ello, deberá ingresar a la dirección electrónica: https://aeoi.sunat.gob.pe, acceder al sistema IR AEOI con su número de RUC, código de usuario y clave SOL a partir del 4 de enero de 2021
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