Estimado(a) contribuyente :
Desde 12 de febrero de 2021, se deberá utilizar la versión 3.9 del PDT Planilla Electrónica PLAME, Formulario Virtual N° 601 (clic aquí)
Esta versión, establecida por la Resolución de Superintendencia N° 020-2021/SUNAT deberá ser utilizada a partir del período enero de 2021.
También deberá ser utilizada por los contribuyentes que se encuentran omisos a la presentación del PDT PLAME o deseen rectificar la información por los períodos tributarios de noviembre de 2011 a diciembre de 2020.
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