| Estimado(a) contribuyente: De acuerdo con la normativa vigente para la emisión de facturas electrónicas se debe recordar:  
  Dichos documentos deben consignar la  forma de pago contado o crédito, según corresponda y en las operaciones al  crédito, consignar el dato referido al plazo de pago (fechas de vencimiento) y  el monto neto pendiente por cada cuota pactada.A partir del 01 de enero del 2022,  las facturas electrónicas, deben ponerse a disposición del cliente y de la SUNAT,  a través de los sistemas utilizados para su emisión, en un plazo máximo de  hasta 2 días calendario, contados desde la fecha emisión del  comprobante.  Historial de comunicados |