COMUNICADO

REQUISITOS ADICIONALES – FACTURAS ELECTRÓNICAS

Estimado(a) contribuyente:

De acuerdo con la normativa vigente para la emisión de facturas electrónicas se debe recordar:

  • Dichos documentos deben consignar la forma de pago contado o crédito, según corresponda y en las operaciones al crédito, consignar el dato referido al plazo de pago (fechas de vencimiento) y el monto neto pendiente por cada cuota pactada.
  • A partir del 01 de enero del 2022, las facturas electrónicas, deben ponerse a disposición del cliente y de la SUNAT, a través de los sistemas utilizados para su emisión, en un plazo máximo de hasta 2 días calendario, contados desde la fecha emisión del comprobante.

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Lima, 06 de octubre de 2021