COMUNICADO

Estimada/o contribuyente:

Le informamos que a partir del 01 de setiembre de 2024, se habilitó la inscripción en el RUC a través de SUNAT Virtual (Resolución de Superintendencia Nº 000173-2024/SUNAT) para los Sujetos No Domiciliados designados como agentes de retención o de percepción del Impuesto General a la Ventas cuando prestan servicios digitales o venden bienes intangibles a través de internet, y el usuario o el importador sea una persona natural que no realiza actividad empresarial y cuya residencia habitual esté ubicada en el país.

Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas y agradecemos su comprensión.

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Lima, 03 de setiembre de 2024