A los Operadores de Comercio
Exterior y público en general se les recuerda que la
modalidad de despacho anticipado en el régimen de
Importación para el Consumo permite efectuar antes de la llegada de la nave la revisión documentaria de
las Declaraciones Aduaneras de Mercancía (DAM)
seleccionadas al canal de control naranja, a fin de
obtener la conformidad de la referida revisión
(diligencia) también antes del arribo de la nave, mostrándose
posteriormente el mensaje de “Levante Autorizado”, una
vez efectuada la transmisión de la Nota de Tarja por
parte del transportista.
Este beneficio permite al importador
el retiro de su mercancía desde el terminal portuario
hacia sus almacenes en menor tiempo y aplica para los
despachos anticipados tipo 03-A (terminal portuario) y
03-B (depósito temporal).
Para mayor información sírvase
ingresar al Portal web de la SUNAT en la dirección
siguiente:
http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/regímenes
de importación/importación para el consumo A
Callao, 22 de Febrero de 2013
Intendencia Nacional de Técnica
Aduanera |