Se
comunica que
a partir del 01 de Enero del
año 2014, solo los
Importadores
Frecuentes y Operadores Económicos Autorizados
podrán garantizar las deudas tributarias y aduaneras
y/o recargos correspondientes
a las declaraciones de importación para el consumo
que amparen mercancías de la lista
de subpartidas arancelarias que se adjunta:
Listado de SPN sensibles al Fraude Ley 29173 y DS 243-2013-EF
Cualquier
consulta comunicarse al siguiente Teléfono
6343600 anexo: 20392 Juan Carlos Romero; 20109 Cesar Castro; 20321
Carlos Montalva; 20539 Antonio Bonilla.
Division
de Recaudación Aduanera
Intendencia
Nacional de Prevencion de Contrabando y Fiscalizacion Aduanera
Callao, 08 de Enero 2014
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