Comunicado sobre Constancia de No Adeudo

A los Usuarios del Comercio Exterior

 

Se les recuerda que la información sobre sus deudas canceladas o pendientes de pago se encuentra disponible en la página web de SUNAT, ingresando AQUÍ.

 

Dicha información está a disposición de todos los usuarios en cumplimiento de lo establecido por el 2do párrafo del artículo 5° de la Ley General de Aduanas, por lo que la misma tiene carácter oficial y no requiere de emisión de constancia adicional alguna.

Callao, 16 de enero de 2014

 

Gerencia de Recaudación Aduanera