A
los Usuarios del Comercio Exterior
Se
les recuerda que la información sobre sus deudas canceladas o
pendientes de pago se encuentra disponible en la página web de SUNAT,
ingresando AQUÍ.
Dicha
información está a disposición de todos los usuarios en
cumplimiento de lo establecido por el 2do párrafo del artículo 5°
de la Ley General de Aduanas, por lo que la misma tiene carácter
oficial y no requiere de emisión de constancia adicional alguna.
Callao, 16 de enero de 2014
Gerencia
de Recaudación Aduanera |