Comunicado |
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A los exportadores y despachadores de aduana:
La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, pone en conocimiento de los exportadores y despachadores de aduana, que fin de dar mayor detalle de los motivos de rechazo que consigna el funcionario aduanero al revisar las declaraciones de exportación (DAM 41) presentadas a regularización, y se pueda verificar la documentación necesaria para la subsanación respectiva, se ha realizado la ampliación del campo “situación” (hasta 2000 caracteres) en la consulta en línea: opción recepción de DUA, para lo cual podrá acceder a través de la siguiente dirección del Portal de la SUNAT
http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informao/HR40DUE.htm Esta implementación permitirá reducir los tiempos de atención del proceso de regularización en el régimen de exportación definitiva. Cabe recordar que el plazo para regularizar la declaración de exportación es de 30 días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha del término del embarque.
Callao, 11 de diciembre de 2015
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