COMUNICADO
Pautas para la numeración de declaraciones que amparan equipos y aparatos de telecomunicaciones
A los usuarios de comercio exterior:
El Decreto Supremo N° 001-2016-MTC, que modifica el artículo 245° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece disposiciones para exceptuar la presentación del permiso de internamiento otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para los equipos y aparatos de telecomunicaciones que ingresan a nuestro país. En ese sentido, la Resolución Directoral N° 163-2016-MTC/27 (en adelante la “Resolución”) contiene la relación de equipos y aparatos de telecomunicaciones que aun estando homologados, requieren de permiso de internamiento; asimismo, indica aquellos de uso privado que se encuentran exceptuados de dicho documento de control conforme a lo previsto en el Decreto Supremo antes señalado.
Al respecto, se pone en conocimiento las pautas para la numeración de declaraciones aduaneras que amparen dichas mercancías:
a.
Los
que se encuentran dentro del alcance del artículo 1° de la Resolución; y En estos casos, se registra el código “09” como tipo de documento de control, ingresando el número de Permiso de Internamiento en la casilla correspondiente de la declaración. 2. Para la declaración de equipos y aparatos de telecomunicaciones que se encuentran en el “Listado de equipos y aparatos de telecomunicaciones que no requerirán solicitar permiso de internamiento si se encuentran homologados”, publicados en la página web del MTC1, se registra el código “03” como tipo de documento de control, ingresando el número del Certificado de Homologación en la casilla correspondiente de la declaración. Verificar el número de certificado de homologación en la página web del MTC[2]. 3. Para equipos y aparatos de telecomunicaciones considerados para uso privado conforme al artículo 2 de la Resolución, si la cantidad por consignar fuese menor o igual a cinco (5) unidades en total, en la transmisión del documento de control, se registra el código “98” en la casilla correspondiente de la declaración, que exonera de la presentación del documento de control. Callao, 29 de abril de 2016
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